CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA PARA ARCHIVEROS

1.    Los archiveros mantienen la integridad de los archivos, garantizando así que éstos continúen siendo un testimonio fidedigno del pasado.

2.    Los archiveros valoran, seleccionan y mantienen los archivos en su contexto histórico, jurídico y administrativo, respetando así la procedencia, conservando y revelando las relaciones originales de los documentos.

3.    Los archiveros mantienen la autenticidad de los documentos en las operaciones de tratamiento, conservación y uso.

4.    Los archiveros aseguran de forma permanente la accesibilidad y la comprensión de los documentos.

5.    Los archiveros gestionan los documentos y fundamentan sus intervenciones.

6.    Los archiveros favorecen el acceso del mayor número posible de usuarios a los archivos y les ofrecen sus servicios con imparcialidad.

7.    Los archiveros respetan de igual forma el derecho a la información y a la privacidad y actúan en el marco de la legislación vigente.

8.    Los archiveros sirven a los intereses colectivos y evitan beneficiarse con su posición, de forma injusta, para sí mismos o para otros.

9.    Los archiveros intentan conseguir el mejor nivel profesional renovando sistemática y continuamente sus conocimientos y compartiendo los resultados de sus experiencias e investigaciones.

10.    Los archiveros fomentan la conservación y uso del patrimonio documental mundial colaborando con sus compañeros y con otros profesionales afines.

 

Aprobado por la Asamblea General del Consejo Internacional de Archivos en la 13 sesión, celebrada en Pekín (China), el 6 de setiembre de 1996.
Adoptado por el V Congreso de Archivología del Mercosur, en Córdoba (Argentina), el 30 de agosto de 2003.
Traducción: Luis Hernández Olivera.